PREGUNTAS FRECUENTES

1. ¿Qué es Compromiso Laboral?

R/ Compromiso Laboral, es una entidad independiente que brinda soluciones altamente sofisticadas e innovadoras a sus clientes con criterios de confidencialidad, transparencia y compromiso, contando con una alta experiencia a nivel internacional en el mercado de asesorías y gestiones laborales.

2. ¿Como mejorar el trabajo y el estilo de vida a su vez de las personas?

R/ Grupo Laboral contribuye activamente a mejorar la gestión de los Recursos Humanos de sus empresas clientes, aportando ideas y servicios que incrementan su flexibilidad y competitividad.

Además, impulsa la carrera profesional de sus candidatos, interviniendo en su reclutamiento, selección, formación e integración en el mercado de trabajo.

Lo verdaderamente importante para Grupo Laboral son las personas. Fiel a esta filosofía, orienta sus beneficios hacia el bienestar social y el respeto a los valores éticos. Por este motivo, todos sus profesionales cualificados a nivel mundial están firmemente abocados a la mejora de la calidad de vida de los trabajadores.

 

3. ¿Qué estrategia de búsqueda de empleo ofrecemos?

R/ La estrategia de Grupo Laboral, orientada a la especialización por perfiles profesionales, responde al compromiso de ofrecer el mejor servicio a sus clientes y colaboradores.

El profundo y amplio conocimiento de Grupo Laboral sobre cada sector y cada mercado garantizan al candidato el éxito en el desarrollo de su carrera profesional.

Grupo Laboral pone a tu disposición su amplia bolsa de trabajo. Para consultar las ofertas de empleo que más se adecuan a tu perfil.

4. ¿Qué es salud ocupacional?

R/ La organización mundial de la salud (OMS) define la salud ocupacional como una actividad multidisciplinaria que promueve y protege la salud de los trabajadores. Esta disciplina busca controlar los accidentes y las enfermedades mediante la reducción de las condiciones de riesgo.

5. ¿Qué hacer en caso de un accidente de trabajo?

R/ El trabajador accidentado debe recibir oportunamente los primeros auxilios necesarios, debe ser remitido al centro asistencial de urgencias más cercano si el caso lo requiere, o a las clínicas adscritas a la entidad promotora de salud (EPS) que escogió libremente el trabajador y se debe realizar el reporte inmediato del accidente ante la ARL suscrita por el empleador.

6. ¿Qué hacer en caso de una enfermedad laboral?

R/ El trabajador debe dirigirse al hospital o clínica adscrita a su EPS en donde el médico tratante le diagnosticó una posible enfermedad laboral, efectuando la remisión médica a Riesgos Laborales para su evaluación y valoración. La calificación de la enfermedad laboral será determinada, en primera instancia, por el médico tratante que atiende al afiliado.

Luego de diagnosticada, la empresa enviará el Reporte de la Enfermedad Laboral a la Administradora de Riesgos Laborales (ARL) y a la Entidad Promotora de Salud (EPS), en forma simultánea, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes al diagnóstico.

7. ¿Qué diferencia hay entre un contrato de trabajo verbal y un contrato de trabajo escrito?

R/ El contrato de trabajo puede ser acordado de forma verbal o escrita, prefiriéndose esta última para que sirva como medio de prueba en un momento determinado, pero ambas formas de contratación, escrita o verbal. Están reguladas por el ordenamiento laboral colombiano y gozan de los mismos derechos y obligaciones.

8. ¿Qué es la prórroga de un contrato de trabajo?

R/ La prórroga de un contrato de trabajo consiste en la continuación del mismo a partir del vencimiento del término inicialmente pactado y  con las mismas condiciones inicialmente pactadas.

La prórroga del contrato de trabajo puede ser tácita o expresa; será tácita, cuando ninguna de las partes informa a la otra de su decisión de no prorrogar el contrato y por lo tanto, vencido el término inicial, el contrato automáticamente se prorroga por otro tiempo igual; será expreso, cuando la prórroga es fruto del acuerdo entre las partes.

9. ¿Qué es el auxilio de cesantías?

R/ El auxilio de cesantías es una prestación social que se encuentra a cargo del empleador, que consiste en el pago al trabajador, de un mes de salario por cada año de servicios prestados y proporcionalmente por fracción de año.

10. ¿Qué son las cesantías retroactivas?

R/ El régimen tradicional del auxilio de cesantías es aquel, donde el auxilio de cesantías se encuentra en poder del empleador durante toda la vigencia de la relación laboral. Son retroactivas, por cuanto dicha prestación social, se paga al trabajador con base en el último salario devengado, de forma tal que, si un trabajador (vinculado a un empleador antes del 01 de enero de 1991) que se vinculó a una empresa el 15 de julio 1985 y se retiró de la empresa el 14 de julio de 2009, al momento del retiro, el valor del auxilio de cesantía se calcularía multiplicando el valor del último salario por 24.

11. ¿Cómo deben reglamentar las entidades públicas a nivel interno al teletrabajador?

R/ Para los servidores públicos las entidades deberán adaptar los manuales de funciones y competencias laborales, con el fin de permitir y facilitar la implementación del teletrabajo como una forma de organización laboral.

12. ¿Tiene derecho el teletrabajador a horas extras, auxilios de transporte, dominicales y festivos?

R/ Cuando las actividades laborales no demanden gastos de movilidad al teletrabajador, no habrá lugar al auxilio de transporte.

Cuando el teletrabajo sea ejecutado donde sea verificable el tiempo laborado y el teletrabajador a petición del empleador se mantiene más de lo previsto en el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo y de la Seguridad Social o en el Decreto Ley 1042 de 1978, para los servidores públicos, el pago de horas extras, dominicales y festivos se le dará el mismo tratamiento de cualquier otro empleado.


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